> HISTORIA Y GEOGRAFIA NIVEL MEDIO: 1826

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Prof. Federico Cantó

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jueves, 31 de julio de 2014

LEY DE CAPITALIZACION DE BUENOS AIRES, 1826

La declaración de Guerra por parte del Imperio del Brasil hacia las Provincias Unidas del Rio de la Plata a causa de la anexión de la Banda Oriental, apuro las decisiones del Congreso Constituyente de 1824 quien sancionó la Ley de Presidencia y de Capitalización de Buenos Aires ante la inminente necesidad de centralizar el poder para hacer frente a la guerra.

Ley de Capitalización de la Ciudad de Buenos Aires de 1826 .
7 de marzo de 1826 
Congreso General Constituyente 
Fuente 
Emilio Ravignani, Asambleas constituyentes argentinas. Buenos Aires, Ed. Peuser, 1939, T. 2, p. 876. 

El Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha acordado y decreta la siguiente ley: 

Artículo 1° 
La ciudad de Buenos Aires es la capital del Estado.

Artículo 2° 
La capital con el territorio que abajo se señalará queda bajo la inmediata y exclusiva dirección de la Legislatura Nacional y del Presidente de la República. 

Artículo 3° 
Todos los establecimientos de la capital son nacionales. 

Artículo 4° 
Lo son igualmente todas las acciones, no menos que todos los deberes y empeños contraídos por la Provincia de Buenos Aires. 

Artículo 5° 
Queda solemnemente garantido el cumplimiento de las leyes dadas por la misma Provincia, tanto las que consagran los primeros derechos del hombre en sociedad, como las que acuerdan derechos especiales en toda la extensión de su territorio. 

Artículo 6° 
Corresponde a la capital del Estado todo el territorio que se comprende entre el puerto de las Conchas y el de la Ensenada; y entre el Río de la Plata y el de las Conchas, hasta el puente llamado de Márquez, y desde éste, tirando una línea paralela al Río de la Plata, hasta dar con el de Santiago. 

Artículo 7° 
En el resto del territorio perteneciente a la Provincia de Buenos Aires se organizará por ley especial una Provincia. 

Artículo 8° 
Entretanto dicho territorio queda también bajo la dirección de las autoridades nacionales. 

Sala del Congreso, en Buenos Aires, a 4 de marzo de 1826. 
ALEJO VILLEGAS MANUEL DE ARROYO PINEDO 
Secretario Presidente