> HISTORIA Y GEOGRAFIA NIVEL MEDIO: formacion etica y ciudadana

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Este blog es un espacio diseñado para los alumnos del nivel medio. Aquí encontrarán programas, contenidos y actividades de la asignatura Historia y Geografía. También podrán acceder a distintos recursos, diarios, películas, videos, textos, música y otros que contextualizan los temas desarrollados en clase.

Prof. Federico Cantó

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jueves, 7 de marzo de 2019

Estado de derecho e interrupciones al orden democrático.


Estado de derecho e interrupciones al orden democrático. Los golpes de Estado.

El Estado de Derecho es la Organización política de la vida social sujeta a procedimientos regulados por ley en el cual los actos del Estado están limitados estrictamente por un marco jurídico supremo, la Constitución, guiados por el Principio De Legalidad y el respeto absoluto de los derechos fundamentales.
Según el Diccionario de la Real Academia Española, un golpe de Estado es una “actuación violenta y rápida, realizada generalmente por fuerzas militares o rebeldes, por la que un grupo determinado se apodera o intenta apoderarse de los resortes del gobierno de un Estado, desplazando a las autoridades existentes”. Ese gobierno tiene un origen no estipulado por las normas legales del Estado, expresadas en la Constitución o en leyes especiales.
En la Argentina, la Constitución Nacional desde 1853 -y sus sucesivas modificaciones- establece que los gobernantes del país serán elegidos por el pueblo a través del sufragio. Durante el siglo XX, en seis ocasiones, este principio fue vulnerado por las fuerzas armadas,  cuyos miembros -al estar respaldados por el monopolio del manejo de las armas- se sentían superiores a los gobernantes civiles elegidos por el pueblo y en condiciones de “resolver” todos los problemas que aquellos no podían solucionar. Si bien los golpes de Estado estuvieron encabezados por sectores militares, quienes incitaban, presionaban, acompañaban y formaban parte del gobierno de facto, fueron sectores de la civilidad, grupos económicos internos e internacionales. 
Las fuerzas armadas tienen como función proteger y garantizar los intereses vitales de la Nación frente a las agresiones de origen externo, y sus integrantes están subordinados al gobierno civil. La Constitución Nacional (art. 99 inc. 12) establece que el Presidente de la Nación es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, es decir, su autoridad máxima. En el caso de la Argentina y de otros países de América Latina, las Fuerzas Armadas asumieron poder de policía e irrumpieron en el manejo de la política interna del Estado.
Se entiende que el poder de policía es la potestad y funciones desarrolladas por los organismos del Estado tendientes a asegurar la protección de la libertad y la seguridad de los habitantes del país y que faculta a esos organismos a utilizar su poder coaccionador y ordenador sólo con la finalidad de dar cumplimiento a tales objetivos.
Las Fuerzas Armadas, cuando se hicieron ilegalmente cargo del gobierno del país, utilizaron el poder de policía para lograr un control absoluto de la sociedad y para disciplinar y/o acallar a los opositores a su proyecto. 
Habiendo irrumpido de manera ilegal, quienes conformaban los gobiernos de facto buscaron alternativas para obtener la legalidad y la legitimidad de sus decisiones. A pesar de que la Corte Suprema no tiene competencia en decisiones de carácter político –las que, según el art. 116 de la C.N. quedan reservadas a los poderes ejecutivo y legislativo, el 10 de septiembre de 1930, el Alto Tribunal de la Nación emitió la Acordada, documento que dio origen a la doctrina de los gobiernos de facto y que sería utilizada para legalizar a todos los golpes militares del siglo XX.
Esta doctrina establecía que los gobiernos de facto se encontraban en posesión de las fuerzas militares y policiales “necesarias para asegurar la paz y el orden de la nación”;…”; los habitantes no pueden impugnar a un gobierno impuesto por la fuerza en razón de “orden y seguridad social”. Esto habilitaba a que los actos jurídicos de los gobiernos de facto tuvieran la misma validez que los de un gobierno de derecho. Es decir, podían crear su propia legislación y reglas de juego a través de los llamados decretos-leyes.
El primer considerando de la Acordada mencionaba que la Corte se ponía en conocimiento oficial de la “[...] constitución de un gobierno provisional emanado de la revolución triunfante el 6 de septiembre [...]”. A pesar de que muchos de los movimientos que depusieron gobiernos legalmente constituidos en la Argentina del siglo XX, se autodenominaron “revolucionarios” no fueron más que cuartelazos o motines que se encuentran caracterizados como “sedición” por el art. 22 de la C.N. 
Si la ruptura se realiza sólo en términos del aparato político, cambiando a las personas que manejan la cosa pública en contra o sin el apoyo del pueblo se está ante un golpe de Estado. Sus integrantes sólo intentan generar reformas económicas, políticas y sociales.
Una revolución es un proceso profundo que genera la toma del poder con apoyo de la mayoría del pueblo, se hace contra el orden social establecido y provoca cambios estructurales, totales, en las formas económicas, políticas, sociales e institucionales del país.
Las autodenominadas Revolución de 1930, Revolución Libertadora de 1955, Revolución Argentina 1966 no fueron más que golpes de Estado a cargo de usurpadores de la autoridad. 
El 2 de abril de 1976 -diez días después de  perpetrado el golpe de Estado- fueron designados los nuevos miembros de la Corte Suprema, quienes tomaron posesión de su cargo luego de exigir que se modificara la fórmula de juramento que exigía aceptar la Constitución en tanto no se opusiera a los Objetivos Básicos fijados por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional –nombre que los golpistas habían dado a su gobierno-.
Los jueces juraron acatar la Constitución Nacional quedando así “garantizada” la primacía constitucional. Luego, un pronunciamiento de los integrantes de la Corte Suprema del 10 de noviembre de 1977 estableció que: "[...] las Actas lnstitucionales y el Estatuto para el proceso de reorganización nacional son normas que se integran a la Constitución Nacional, en la medida que subsistan las causas que han dado legitimidad aquéllas, fundadas en un verdadero estado de necesidad que obligó a adoptar medidas de excepción [...]".
Adolfo R, Gabrielli. La Corte Suprema de Justicia y la opinión pública (1976-1983). Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1986, p. 25.
Así, el Alto Tribunal reconocía al nuevo gobierno amplias atribuciones legislativas y constituyentes, sin perjuicio de que los derechos reglamentados guarden razonable y adecuada relación con ese fundamento.
La legitimidad de un gobierno está dada en función del consenso que la población brinda al mismo. Por un lado, la legitimidad está dada en función de la creencia en el valor social de las instituciones, en el respeto a las formas legales de acceso a los cargos gubernamentales (soberanía y sufragio popular). Por otro, la conformación de una opinión pública que entienda que las decisiones tomadas por sus representantes son justas, lícitas, conformes a la moral y a la defensa de los intereses del pueblo.
Las primeras medidas tomadas por los gobernantes de facto, fueron la suspensión de la vigencia de la Constitución Nacional –aunque los integrantes de estos gobiernos siempre evocaban su defensa-; disolución del Parlamento; la proscripción de los partidos políticos; intervención de las provincias y dictado de un “Estatuto”; declaración del Estado de sitio (éste fue ratificado porque ya había sido declarado durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón en consonancia con lo establecido por el art. 23 de C.N.), dejando suspendidas las garantías constitucionales para los habitantes del país. Esto último implica que el poder de los gobernantes sobre los gobernados no conoce ninguna restricción; “ninguna” implica que la vida y la muerte de las personas se encuentran en sus manos.
Cuando en 1994 se reformó el texto de la Constitución Nacional, se puso en discusión la doctrina de los gobiernos de facto y se trató de generar un remedio para que esta doctrina no pudiera aplicarse ante nuevos golpes de Estado.
Resultado de ese intercambio fue la inclusión del llamado artículo de  defensa del orden constitucional. El artículo 36 establece que: “Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos [...]”.Esta cláusula de autodefensa de la Constitución proclama la necesidad del mantenimiento del orden constitucional y el sistema democrático luego de la larga zaga de golpes de Estado vivida por los argentinos entre los años 1930 y 1983. Esta proclama es importante, pero para no llegar a que este artículo tenga que ponerse en acto, es necesario que cada uno de los hombres y mujeres que habitan la República Argentina defendamos la vigencia de la Constitución y profundicemos nuestro compromiso cotidiano de participación social y política para asegurar que la democracia impregne no sólo el aspecto político sino todo el quehacer social

Actividades:
1)     Redacta un párrafo donde se establezca la relación que existe entre “Estado de Derecho” y “ Golpe de Estado”
2)     Diferenciá los conceptos de “ Golpe de Estado” y “Revolución”.
3)     Establecé los mecanismos de legalidad y legitimidad que utilizaron los golpes de estado en Argentina.
4)     Confecciona una línea de tiempo que identifique los golpes de estado en Argentina y  la duración de cada uno de ellos.
5)     Investiga cada golpe de estado e identifica : a) Quienes lo impulsaron; b) Causas que los motivaron; c) Cambios instrumentados; d) Consecuencias.

sábado, 22 de septiembre de 2018

DERECHOS ECONÓMICOS Y SOCIALES


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

La denominación "derechos económicos, sociales y culturales" (DESC) comenzó a usarse en 1966 cuando la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó dos pactos internacionales sobre derechos humanos: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  (PIDESC) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Pero sus orígenes estuvieron en las políticas del Estado de Bienestar.
El concepto de derechos humanos se ha ido construyendo a lo largo de la historia. Aún en la actualidad, muchas personas asocian los derechos humanos sólo con los derechos civiles y políticos: el derecho a la vida, a la integridad física, a votar en elecciones libres, entre otros. Sin embargo, una persona debe gozar de todos sus derechos para que su dignidad esté garantizada. Su vida debe ser respetada, debe poder expresar lo que piensa, pero también tener acceso a la vivienda, el trabajo y la salud.
Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) son un grupo dentro del conjunto de los derechos humanos. Se consideran DESC aquellos destinados a garantizar condiciones dignas de vida para todas las personas, teniendo en cuenta sus necesidades económicas, sociales y culturales. Incluyen, por ejemplo, el derecho a alimentarse adecuadamente, a tener un lugar digno donde vivir, a poder aprender y enseñar sus tradiciones.
Como estos derechos requieren grandes inversiones económicas por parte de cada Estado, el PIDESC indica que cada Estado debe comprometerse a adoptar medidas hasta el máximo de los recursos con que disponga y lograr progresivamente el cumplimiento de estos derechos.
El reconocimiento y ejercicio de los derechos humanos son el resultado de numerosas luchas sociales. Como vimos, en los siglos XVII y XVIII se luchaba por limitar el poder monárquico y lograr el ejercicio de ciertas libertades. De la misma forma, los DESC surgen como resultado de las luchas de los trabajadores y los sectores más pobres de las sociedades europeas del siglo XIX, con el fin de lograr mejorar sus condiciones de vida, básicamente, las relacionadas con el trabajo, la salud y la educación.
Además, se comenzaron a reivindicar los derechos sociales porque los derechos conquistados durante las revoluciones burguesas no se habían hecho efectivos para el conjunto de la sociedad. Es decir, la posibilidad de ejercer los derechos a la libertad, la igualdad ante la ley y a participar de la vida política no era la misma para todos los miembros de la sociedad. Las mujeres, los pobres y los niños no podían ejercerlos. Las personas sin trabajo, que no podían pagar para recibir atención médica cuando se enfermaban o no tenían recursos para alimentarse, no gozaban de esas libertades.
¿Puede una persona con esas carencias ejercer su derecho a participar de la vida pública de la sociedad o expresarse libremente? ¿Puede una persona que no posee ningún bien ejercer su derecho a la propiedad?
Todos los derechos humanos son indivisibles e interdependientes. Las violaciones de los DESC (por ejemplo, no proteger los derechos sobre las tierras de los pueblos indígenas, negar los derechos de educación a las minorías y prestar servicios de atención médica de manera no equitativa) a menudo están relacionadas con violaciones de los derechos civiles y políticos en forma de negaciones reiteradas. Del mismo modo que para el pleno disfrute del derecho a la libertad de expresión es necesario concertar esfuerzos en favor del derecho a la educación, para el disfrute del derecho a la vida es preciso tomar medidas encaminadas a la reducción de la mortalidad infantil, las epidemias y la malnutrición.
El reconocimiento de los DESC no es un mero catálogo de buenas intenciones por parte de los Estados. Son derechos que se derivan directamente de tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (1966) y las normas establecidas por organismos especializados como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). 
La jurisprudencia interna de muchos países y la tendencia a incluir estos derechos en las reformas constitucionales demuestran que estos derechos se pueden hacer cumplir mediante recursos legales. Sin embargo, queda mucho por hacer para que estos derechos se equiparen a los civiles y políticos en lo que se refiere a su exigencia jurídica internacional.

DERECHO AL AGUA
En 2000, la Organización Mundial de la Salud estimó que 1.100 millones de personas carecían de acceso a un suministro que pudiera proporcionarles el agua limpia potable necesaria para vivir con dignidad. El acceso a suficiente agua limpia y a saneamiento es esencial para la efectividad del derecho a la salud, a la alimentación y a un sustento seguro (por ejemplo, en la producción de alimentos). Se ha interpretado recientemente que el derecho al agua debe garantizar una disponibilidad, acceso (tanto físico como económico) y calidad (libre de organismos perjudiciales o contaminación) suficientes.

DERECHO A UNA ALIMENTACIÓN ADECUADA
En el mundo se producen alimentos más que suficientes para alimentar a todas las personas. Sin embargo, cientos de millones sufren malnutrición crónica. Para cumplir las obligaciones relativas al derecho a una alimentación adecuada, los Estados deben abordar inmediatamente el problema del hambre y asegurar de forma progresiva que todo individuo tenga acceso físico y económico a una alimentación adecuada o a medios para obtenerla.  

DERECHO A UNA VIVIENDA ADECUADA
Según datos de la ONU, más de 1.000 millones de personas en todo el mundo carecen de una vivienda adecuada y más de 100 millones no tienen hogar. La vivienda debería ser accesible a todas las personas que, además, deberían tener cierta garantía de tenencia que los proteja de desalojos forzados, hostigamiento y otras amenazas. Entre los servicios disponibles deberían encontrarse el agua limpia potable, saneamiento y energía. De conformidad con las normas internacionales, los Estados deberían tomar medidas para garantizar que las viviendas están ubicadas en zonas seguras y que respetan los derechos culturales.  

DERECHO A LA EDUCACIÓN
Supone el derecho a una educación primaria gratuita y obligatoria, y un mayor acceso a la educación secundaria, técnica, profesional o superior. Lograr la efectividad del derecho de las personas a la educación reduce la vulnerabilidad de éstas al trabajo infantil, los matrimonios precoces, la discriminación y muchos otros abusos contra los derechos humanos. También incrementa las oportunidades de alcanzar el disfrute de otros derechos humanos, incluido el derecho a la salud y el derecho a participar en asuntos públicos. Los Estados deben garantizar una educación primaria gratuita y obligatoria de manera prioritaria, así como la libertad de educación.  

DERECHO A LA SALUD
Es el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, teniendo en cuenta la configuración genética del individuo y la elección de su estilo de vida, así como el grado de conocimiento científico y los recursos de que dispone el Estado. Consta de dos componentes básicos: condiciones de vida saludables y atención médica. La ONU considera que este derecho también abarca los principales factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda digna, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva. 

DERECHO AL TRABAJO
El derecho al trabajo va más allá del derecho a tener un puesto de trabajo y a la obligación de garantizar el pleno empleo. Abarca, al menos, el acceso a un trabajo sin discriminación, la libertad de elección del empleo y una estructura de apoyo que facilite el acceso al trabajo, incluida una formación profesional adecuada. Una violación particularmente atroz del derecho a la libre elección del empleo es el trabajo forzoso: trabajo exigido mediante amenaza de algún tipo de castigo, ya sea penal o la pérdida de derechos o privilegios. 

Fuentes: 


ACTIVIDAD:
1) Definí que son los DESC.
2) Lean la lista de derechos económicos, sociales y culturales, armen un cuadro diferenciando qué derechos corresponde a cada una de las categorías.
3) ¿Por qué los derechos conquistados en las revoluciones burguesas son criticados?
4) Investiga  y transcribí alguna noticia donde se de cuenta del estado actual de alguno de estos derechos en Argentina.
5) A partir de la noticia, identifica el derecho al que se refiere y elabora una conclusión acerca de su cumplimiento.

lunes, 30 de julio de 2018

LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA


Participación política

La participación política es un término que va unido al concepto y ejercicio de democracia. Para que la democracia sea legitima, necesariamente necesita de la participación política, que es la posibilidad que tienen los ciudadanos de incidir en el curso de los acontecimientos políticos; es decir, son acciones que realizan los ciudadanos para incidir en un bajo o alto grado en los asuntos de un Estado.

La participación política es, ante todo, la suma de todas aquellas actividades voluntarias mediante las cuales los miembros de una sociedad intervienen en la selección de los gobernantes y, de una manera directa o indirecta, en la formación o construcción de las políticas de gobierno.

La participación política, dependiendo de su forma y método, puede clasificarse de dos maneras:
- Participación política convencional: Está relacionada con las acciones llevadas a cabo durante un proceso electoral; esta participación es fomentada desde el poder del Estado y la Constitución. La participación política convencional indica el derecho de ciudadanía; es decir, un derecho al sufragio que no se mide por clases sociales, partidos, sexo o educación. Se da en toda democracia y es un derecho consagrado por la ley, por lo cual puede ser fácilmente controlada y verificada.

En la reforma constitucional de 1994 se incorporaron a la constitución formas de democracia directa que permite tomar decisiones de manera directa e intervenir en las decisiones políticas como la iniciativa popular y la consulta popular. En los sistemas democráticos es fundamental que los ciudadanos se asocien con otros y se organicen para canalizar su participación. Entre las organizaciones políticas hay dos de gran peso que han trascendido en la democracia. Son los partidos políticos y los sindicatos.

- Participación política no convencional: Se refiere a acciones tales como las peticiones, las manifestaciones legales, el boicot, las huelgas legales e ilegales, el daño a la propiedad, los sabotajes, la violencia personal, etc. Esta participación va mas allá de los mecanismos institucionales de participación y, en algunas ocasiones, hace oposición a la legalidad constitucional establecida. Los sindicatos son organizaciones de trabajadores que se han conformado para resguardar y mejoras sus intereses laborales y sus condiciones de vida. Como los partidos políticos, los sindicatos también cuentan con afiliados que eligen sus representantes, encargados de defender sus intereses frente a los empresarios y el Estado cuando negocian las condiciones de trabajo y los salarios.

Cuándo las negociaciones no dan frutos los sindicatos utilizan la huelga, derecho reconocido por la constitución, que consiste en la suspensión organizada de las actividades laborales por parte de los trabajadores para que se atiendan sus reclamos.

Existen espacios de organización y participación social, también llamadas organizaciones sociales. Son agrupaciones de personas que se organizan a partir de un problema o conflicto común. Podemos encontrar movimientos de derechos humanos, organizaciones de trabajadores desocupado, movimientos de grupos originarios y campesinos, grupos ecologistas, minorías sexuales, etc.

Si recorremos nuestro barrio podemos encontrar variados espacios de participación: Asambleas vecinales, fundaciones, centros comunitarios, organizaciones profesionales, espacios culturales, deportivos, cooperativas de trabajo.

Los centros de estudiantes son espacios de organización social formados por los mismos estudiantes con el fin de representar y defender sus derechos. Son espacios democráticos y participativos donde pueden debatir y reflexionar, así como generar acuerdos y presentar propuestas. Es un canal de diálogo con los docentes y directivos y también se ocupa de atender problemas externos a la escuela.

Actividad: Entrevistar a algún integrante del centro de estudiantes con el fin de buscar información sobre su organización y funcionamiento (los delegados de curso, las asambleas, las comisiones de trabajo, las elecciones, la comisión directiva, temas sobre los que estén trabajando)


sábado, 28 de julio de 2018

El sistema de partidos, el sufragio y el sistema electoral


SISTEMA ELECTORAL ARGENTINO


La forma en que los votos se expresan en la efectiva representación, o sea, cómo se traducen los resultados electorales en bancas legislativas se llama Sistema Electoral. Existen distintos sistemas vigentes en cada país. Los mismos responden a tradiciones culturales e históricas que dan forma a la representación política.

En nuestro país, y a nivel de cargos federales, la Constitución Nacional y el Código Electoral Nacional establecen los sistemas electorales coexistentes para las distintas magistraturas electivas, Presidente, Diputados y Senadores. En primer lugar hay que expresar que el cuerpo electoral es el mismo para todos los cargos, la diferencia entre cargos legislativos y la fórmula presidencial radica en que la totalidad de los electores del país votan por la fórmula, mientras que para los cargos legislativos se votan listas distintas para cada distrito.

Al titular del Poder Ejecutivo Nacional, el Presidente o la Presidenta, se lo elige a simple pluralidad de votos cuando la fórmula más votada obtiene más del 45% de los votos o más del 40% con una diferencia mayor al 10% respecto de la fórmula que la sigue en número de votos; en caso contrario se realiza una segunda vuelta electoral entre las dos fórmulas más votadas, ganando el que obtiene más votos.

Para el Senado de la Nación los electores de cada distrito eligen a tres senadores, alcanzando un total de 72 senadores nacionales. En cada elección se renueva un tercio del Senado, esto es, ocho distritos eligen senadores.

Se aplica el sistema mayoritario, directo y por lista incompleta. Las listas se componen de dos candidatos. Para cubrir los cargos en disputa es decir, las tres bancas, se adjudican dos bancas al partido o alianza que obtenga la mayoría de los votos y la restante a la que le sigue en cantidad de votos obtenidos. En esta elección no hay fórmulas matemáticas que aplicar ni porcentajes de distribución. La simple pluralidad de votos determina quien sale primero y segundo, y entre ellos se distribuye la representación.

Para la elección de los diputados nacionales, debemos tener en cuenta que la renovación de la cámara se realiza por mitades y, que a diferencia de los senadores que renuevan completamente la representación de cada provincia cada seis años, la elección de diputados se realiza en todo el territorio nacional. Cada elector vota únicamente por una lista de candidatos oficializada por un partido o alianza, cuyo número de integrantes será igual al de los cargos a renovar, más los suplentes.

El sistema es proporcional que aplica la fórmula D’Hont para la asignación de las bancas, con un umbral (también denominado piso electoral) del 3% del número de electores registrados en el distrito.

Actividad:

a) Definí que es el sistema electoral.
b) Identifica como es la composición y renovación de representantes del poder ejecutivo y legislativo en nuestro país.

LOS PARTIDOS POLÍTICOS

La expresión “Partido Político” hace referencia a “parte de lo político”, es decir, a una parte de la vida política, relacionada con el poder en una comunidad organizada. Esta referencia a una parte de lo político es una condición necesaria de la democracia: el pluralismo. En toda sociedad conviven diferentes intereses y puntos de vista. A veces, enfrentados. La democracia es el sistema que permite que esta pluralidad de voces se exprese pacíficamente reduciendo los conflictos en busca de conseguir un acuerdo.

En la democracia, los partidos políticos, son organizaciones que se formaron y desarrollaron a medida que se establecieron las democracias representativas modernas a partir de fines del siglo XVIII. Con el paso del tiempo, se fueron ampliando los derechos y los partidos políticos fueron cambiando su organización y funciones.

Una posible definición de partido político seria que es una agrupación de individuos que se reúnen por voluntad propia para influir en las decisiones de gobierno y llegar a ocupar lugares de poder, cargos electivos, en el Estado.

Con respecto a sus funciones, su principal objetivo es canalizar los intereses de distitntos sectores de la ciudadanía. Pero, además, organizan un conjunto de intereses e ideas sobre como debe organizarse una sociedad. Estas ideas organizadas se presentan en su “plataforma política”.

Desde el punto de vista de su organización interna elaboraron una estructura duradera y bastante estable. Los partidos políticos no se crean para una elección ni cambian su estructura constantemente. Por el contrario, son organizaciones complejas, fuertemente jerarquizadas. Para comprender su funcionamiento interno hay que analizar las relaciones de poder hacia dentro del partido.

El partido esta formado por personas que formalmente lo integran, otros se vinculan de manera externa. Existen dos grandes grupos que lo componen.

a) Los simpatizantes: Son aquellas personas que se sienten representados por las ideas de un partido político y lo manifiestan públicamente. Son votantes fieles, que se sienten cercanos a su organización.

b) Los afiliados: Son personas que están afiliadas, asociadas, a la organización partidaria. Es decir, tienen un compromiso formal con el partido. La asociación se formaliza mediante la firma de una ficha que tiene valor legar para participar en las decisiones y acciones de un partido político. Según el grado de compromiso y participación podemos establecer diferencias entre los afiliados.

c) Los dirigentes locales, controlan recursos del partido o del Estado en un nivel municipal o barrial. Se encargan de los locales partidarios y pueden ocupar cargos legislativos o ejecutivos. En este grupo encontramos a los “punteros políticos” que se ocupan de organizar a cierta cantidad de afiliados y atraer simpatizantes mediante la distribución de recursos, de forma personalizada.

d) Los dirigentes partidarios, manejan los recursos esenciales para los partidos políticos, tanto económicos como de poder. Por lo general, son los que ocupan puestos de poder, altos cargos, en el poder ejecutivo y el legislativo.

e) Por último, destacan los dirigentes partidarios, éstos son los que destacan dentro de los dirigentes por su carisma y su capacidad para establecer relaciones con los integrantes del partido, de otros partidos, los medios de comunicación, los sectores económicos y figuras destacadas en el plano internacional.


Actividades: A partir de la lectura del texto organiza un cuadro sinóptico donde expliques el tema. Para confeccionarlo tené en cuenta que debe incluir: Definición precisa de “partido político”, origen de los partidos políticos, funciones, integrantes.


SISTEMA ELECTORAL Y EL SUFRAGIO
Disponible en: https://iniciativaciudadana.wordpress.com/2008/03/20/sistemas-electorales-prof-hernan-magnani/

Para hablar de sistema electoral debemos comenzar entendiendo ¿Qué es el sufragio?
Es una técnica o procedimiento mediante el cual el cuerpo electoral manifiesta sus opiniones políticas.
Su finalidad es: a) elegir gobernantes, y b)  la adopción de decisiones políticas. En el caso a) es el llamado sufragio electoral propiamente dicho; y en el b) conduce a las llamadas formas de democracia semidirectas: referéndum, plebiscito, revocatoria de mandato, consulta popular, etc. Es un derecho y un deber que ejerce cada hombre con derecho electoral y que trae asociados derechos y obligaciones.
El conjunto de electores con derecho a emitir el sufragio, o sea la suma de ciudadanos con derecho electoral activo se lo denomina “cuerpo electoral”.
El Voto es el acto jurídico mediante el cual se ejerce la función del sufragio.
Clasificación:
  • · Público: el elector manifiesta a viva voz ante la autoridad de mesa su opción de candidato.
  • · Secreto: se provee al elector de un ámbito privado donde ejercer su opción de candidato (cuarto oscuro), quedando inhibido de manifestar en el acto de votar cual fue su elección bajo apercibimiento de nulidad.
  • · Calificado o restringido: el electorado activo se encuentra restringido o limitado a aquellas personas que cumplen determinados requisitos (saber leer y escribir; ser propietario, pagar ciertos impuestos, etc.).
  • · Universal: en este caso el cuerpo electoral se extiende a casi todos los ciudadanos que alcanzan cierta edad.
  • · Obligatorio: la ley le impone al electorado activo la obligación jurídica de concurrir a emitir su voto, si no lo hace el Estado lo puede sancionar con distintas penas.
  • · Válido: es que se emite conforme la ley electoral y que se contabiliza en el cómputo para la adjudicación de cargos.
  • · Nulo: es el que por alguna circunstancia voluntaria o involuntaria impide su contabilización y queda fuera de la competencia para la adjudicación de cargos (Ej.: colocar en el sobre boletas rotas, o varias boletas de distintos partidos).
  • · En blanco: cuando el elector no coloca dentro del sobre ninguna boleta de candidatos, o debiendo elegir distintos tipos de candidatos lo hace solo por algunos, en nuestro sistema no se computan en una elección.

Actividad: Explica los siguientes conceptos:
a)      Sufragio (diferencia procedimiento y derecho)
b)      Voto
c)      Cuerpo electoral
   

LA FORMULA ELECTORAL

Representación de mayoría y minorías: Una vez cerrado el comicio o acto eleccionario surge el problema del  cómputo de los votos emitidos, de la adjudicación de cargos y de la representación de los partidos políticos que han postulado a sus candidatos. Hay dos sistemas o formulas:
Sistema mayoritario:
Lista completa: se adjudican todos los cargos en juego en cada distrito electoral al partido político que obtuvo la mayor cantidad de votos, excluyendo a todos los demás. Por ejemplo, la fórmula presidencial ( presidente y vicepresidente) que obtiene mas votos es la ganadora.
Lista incompleta: en cada distrito se vota por una lista de varios candidatos, el mayoritario se lleva 2/3 o 3/4 de los cargos y el partido que lo sigue (primera minoría o 2° mayoría) el remanente, los otros partidos minoritarios no logran representación. En el caso de elección de senadores, tres por provincia, las listas presentan dos candidatos. La lista con más votos se queda con dos cargos y la segunda lista mas votada se queda con un cargo, solo ingresa el primero de la lista.
Sistema minoritario:
Permite que una o más minorías alcancen algunos cargos en menor proporción que la  mayoría. Este sistema minoritario se divide a su vez en distintos subsistemas:
Representación proporcional: reparte los cargos a cubrir entre todos los partidos políticos participantes, con la condición de que alcancen un número mínimo de votos o piso electoral. Dentro del sistema de representación proporcional encontramos dos modos de contabilizar los votos y asignar los cargos en juego a los candidatos postulados:
Sistema Hagenbach o de cociente electoral: el total de los votos válidos emitidos se divide por la cantidad de cargos a ocupar, el resultado es una cifra denominada cociente electoral, que excluye de la puja por los cargos a aquellas fuerzas políticas que no lo alcancen. Luego se resta al total de votos válidos que cada partido recibió la cifra del cociente electoral tantas veces como sea posible.
Por ejemplo, si en una elección se presentan tres listas para competir por 20 bancas de diputados, y la lista a) obtuvo 4000 votos, la lista b)3500 y la lista c) 2500. Para distribuir las bancas debemos dividir la cantidad de todos los votos (10000 votos) por la cantidad de bancas (20 bancas). El resultado obtenido es de 500 votos por cada banca. Aquellos partidos que no lleguen a esa cantidad de votos son excluidos.
Se procede entonces a dividir la cantidad de votos de cada una de las listas por este cociente. Por ejemplo: lista a): 4000 dividido 500. Lo cual da como resultado 8 bancas para esa lista, y asi sucesivamente con cada lista. El resultado final seria: 8 bancas para la lista a, 7 bancas para la lista b; y 5 bancas para la lista c.

Resultado:
Total de cargos a elegir: 20
Total de votos 10.000
Votos por cargo: (10.000 / 20) 500
Partido a: 8 cargos
Partido b: 7 cargos
Partido c: 5 cargos

Sistema D’Hont: los votos válidos obtenidos por cada partido político se dividen sucesivamente por 1, 2, 3, 4,…… hasta la cantidad de cargos a repartir. Los cocientes obtenidos se ordenan de mayor a menor, sin importar de que partido político provengan, hasta alcanzar el número de cargos puestos en juego. Usualmente se coloca un piso o número mínimo de votos por encima del cual participan en la contienda de asignación de cargos. Dicho piso es un porcentaje del padrón electoral (Por ejemplo en la elección de candidatos a Diputados Nacionales se utiliza el sistema D’Hont con un piso del 2 % del padrón electoral de cada distrito).
Supongamos que en la circunscripción X, a la que corresponden 5 cargos, el resultado de la votación ha sido el siguiente:
Partido A: 258.020 votos
Partido B: 168.030 votos
Partido C: 114.040 votos
Partido D: 60.050 votos
Partido E: 2.480 votos
TOTAL: 2.1146.20 votos

En primer lugar, debemos eliminar del reparto de escaños al partido E, ya que con 2.480 votos no alcanza el 2% del total de votos emitidos que establece la ley como mínimo.
A continuación, dividiremos los votos obtenidos por cada candidatura entre 1, 2, 3… hasta completar el número de escaños a repartir, que en este caso hemos fijado en 5. De este modo, tenemos:

Partidos
Votos obtenidos
nº votos/1
nº votos/2
nº votos/3
nº votos/4
nº votos/5
Escaños obtenidos
Partido A
258.020
258.020
129.010
86.006,67
64.505,00
51.604,00
3
Partido B
168.030
168.030
84.015
56.010,00
42.007,50
33.606,00
1
Partido C
114.040
114.040
57.020
38.013,33
28.510,00
22.808,00
1
Partido D
60.050
60.050
30.025
20.016,67
15.012,50
12.010,00
0
Total
617.620
617.620
308.810
205.873,33
154.405,00
123.524,00


Elegiremos de la tabla los 5 cocientes más altos (casillas resaltadas), de forma que al partido A corresponderán tres escaños, al partido B y al C un escaño respectivamente, y el partido D quedará sin ningún escaño.
Las debilidades del sistema son fácilmente observables: si dividimos los votos obtenidos por cada partido entre el cociente más pequeño al que se le asignó escaño (el llamado repartidor) obtendremos, con decimales, el número de diputados que corresponden a cada formación:
Partido A: 258.020/86.006,67= 3,00
Partido B: 168.030/86.006,67= 1,95
Partido D: 114.040/86.006,67= 1,33
El sistema D’Hondt al hacer el reparto de escaños se centra únicamente en la parte entera. Esto hace, por ejemplo, que el partido B, que está muy cerca de obtener un segundo escaño, quede finalmente sólo con uno. De hecho, si vemos la media de votos que ha necesitado cada partido para alcanzar un escaño, observaremos grandes divergencias:
Partido A: 258.020/3= 86.006,67 votos por escaño.
Partido B: 168.030/1= 168.030
Partido C: 114.040/1= 114.040

Actividad: a) Explica a que tipo de lista corresponden la elección de representantes del poder ejecutivo y el del legislativo en el caso de senadores.
b) Si en las elecciones a diputados nacionales el partido “A” obtuvo 200.000 votos; el partido “B” obtuvo 180.000; el partido “C” 170.000 votos, y la cantidad de cargos a ocupar son 9. ¿Cuántos cargos ocupará cada uno de los partidos?

domingo, 30 de julio de 2017

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

El acceso a la información pública

En democracia es fundamental que los ciudadanos puedan expresar libremente sus opiniones sobre asuntos políticos. Al emitir una opinión sobre un asunto público estamos emitiendo una opinión política. Es por esto que se hace necesario comprender el concepto de opinión pública.

Una opinión en es una idea o punto de vista que incluye una valoración. Cuando esta valoración de una idea se hace en el ámbito común y no privado es una opinión pública. Cuando hablamos de opinión pública estamos haciendo referencia a los diferentes puntos de vista que tiene la sociedad sobre los temas relacionados con la comunidad.

Para que los ciudadanos puedan opinar sobre asuntos públicos necesitan tener acceso a la información relacionada con su sociedad. En este sentido, uno de los grandes vehículos de información son los medios masivos de comunicación (redes sociales, diarios, radios, televisión, portales de Internet).Estos medios masivos realizan un proceso de recorte de la realidad, seleccionan y descartan información, elaboran y editan noticias e información que luego presentan a la población. La población a su vez se transforma en consumidora de esa información mediatizada.

Esta situación pone a los medios masivos en un espacio de poder capaz de influenciar a la opinión pública y marcar la “agenda” de los temas públicos. Hoy en día es materia de un profundo debate si la opinión pública debate los temas que le preocupan o si se preocupa por los temas que los medios le presentan convirtiendo a estos en ejes de la opinión pública.
Los medios masivos son empresas que poseen un gran poder político y su finalidad es aumentar su poder económico. Por este motivo, se hace necesario comprender a que intereses responden los medios cuando tomamos contacto con la información.

Actividad: Acceso a la información pública.

1)     Observá detenidamente las tapas de cuatro medios gráficos de comunicación.
2)     Diferenciá cuales pertenecen al día 20 de diciembre de 2001 y cuales al 21.
3)     Describí cual es la noticia mas destacada en cada una de las tapas y transcribí el titular con que la presentan.
4)     Describí las imágenes que se presentan en cada una.
5)    A partir de lo analizado, establece las diferencias con que se presentan las mismas noticias. Utilizá como disparador de tu comparación las palabras que se emplean, si las fotos y el titular de la noticia son coherentes, si se exagera o se omite la alguna información importante,