> HISTORIA Y GEOGRAFIA NIVEL MEDIO: confederacion argentina

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Prof. Federico Cantó

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lunes, 29 de septiembre de 2014

ACUERDO DE SAN NICOLAS

En 1851, el gobernador de Entre Ríos, Justo José de Urquiza, aceptó la renuncia de Rosas y la provincia reasumió  la conducción de sus relaciones exteriores en los que se conoce como “el pronunciamiento de Urquiza.”

La base del enfrentamiento con Buenos Aires era económico. Entre Ríos reclamaba la libre navegación de los ríos Paraná y Uruguay que le permitiría exportar su producción agropecuaria con el exterior sin la necesidad de pasar por Buenos Aires. La negativa de Buenos Aires impulsó a Urquiza a establecer alianzas internacionales para conseguir el apoyo necesario para enfrentar a Rosas.

Urquiza alistó sus tropas en el llamado Ejército Grande, alianza entre Brasil, Uruguay, Corrientes y Entre Ríos, y avanzó hacia Buenos Aires. El 3 de febrero de 1852 Rosas fue derrotado en la batalla de Cepeda y se embarcó rumbo a Inglaterra donde permaneció hasta su muerte.

La caída de Rosas lejos de señalar el fin de los enfrentamientos entre las provincias los hizo más visibles. Urquiza era visto con desconfianza por Buenos Aires. A su llegada a la ciudad Urquiza buscó aliados políticos, sin embargo se encontró que los rosistas y antirosistas porteños se habían unido y expresaban su rechazo al avance del interior.
Urquiza nombró en el gobierno de Buenos Aires a Vicente Lopez y Planes y convocó a los gobernadores de todas las provincias para firmar un acuerdo en San Nicolas de los arroyos el 31 de mayo de 1852.

Actividad: Analizá los fragmentos del Acuerdo de San Nicolás y determiná.
                      1)      Objetivo del acuerdo.
                      2)      Aspectos económicos que aborda.
                      3)      Situación en la que pone a Buenos Aires y las provincias.
                      4)      Atribuciones otorgadas a Urquiza.

Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos
Fuente: Asambleas Constituyentes Argentinas, T. IV, p. 308

Teniendo por objeto acercar el día de la reunión de un Congreso General que con arreglo a los tratados existentes y al voto unánime de todos los pueblos de la República, ha de sancionar la Constitución política que regularice las relaciones que deben existir entre todos los pueblos argentinos como pertenecientes a una misma familia, que establezca y defina los altos poderes nacionales y afiance el orden y prosperidad interior y la respetabilidad exterior de la Nación.

3. - …queda establecido que los artículos de producción o fabricación nacional o extranjera así como los ganados de toda especie que pasen por el territorio de una provincia a otra serán libres de los derechos llamados de tránsito....
5. - Siendo todas las provincias iguales en derechos como miembros de la Nación, queda establecido que el Congreso Constituyente se formará con dos diputados por cada provincia.
9. - Queda a cargo del Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación, el proveer a los gastos de viáticos y dietas de los diputados.
11. - La convocación del Congreso se hará para la ciudad de Santa Fe, hasta que, reunido e instalado, él mismo determine el lugar de su residencia.
12. - Sancionada la constitución y las leyes orgánicas que fueren necesarias para ponerla en práctica- será comunicada por el Presidente del Congreso al Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación y éste la promulgará inmediatamente como Ley de la Nación, …
15. … queda acordado que el Excmo. Señor General Don Justo José de Urquiza, en el carácter de general en jefe de los ejércitos de la Confederación, …
19. Para sufragar los gastos que demande la administración de los negocios nacionales declarados en este Acuerdo, las provincias aportarán proporcionalmente con el producto de sus aduanas exteriores hasta la instalación de las autoridades constitucionales…


Dado en San Nicolás de los Arroyos a los treinta y un días del mes de mayo del año mil ochocientos cincuenta y dos.

miércoles, 6 de agosto de 2014

PRONUNCIAMIENTO DE URQUIZA

Año tras año, argumentando razones de salud, Rosas presentaba su renuncia a la conducción de las relaciones exteriores de la confederación, en la seguridad de que no le sería aceptada. En 1851 el gobernador de Entre Ríos emitió un decreto, conocido como el pronunciamiento de Urquiza, en el cual aceptaba la renuncia de Rosas y reasumía para Entre Ríos la conducción de las relaciones exteriores. El conflicto era en esencia económico: Entre Ríos venía reclamando la libre navegación de los ríos, -necesaria para el florecimiento de su economía- lo que permitiría el intercambio de su producción con el exterior sin necesidad de pasar por Buenos Aires o Brasil.


Fuente: León Rebollo Paz, Historia de la organización nacional, tomo 1, pág. 30.
El Gobernador y Capitán General de la provincia de Entre Ríos.
Considerando:
Primero: Que la actual situación física en que se halla el excelentísimo señor gobernador y capitán general de Buenos Aires, brigadier don Juan Manuel de Rosas, no le permite por más tiempo continuar al frente de los negocios públicos dirigiendo las relaciones exteriores y los asuntos generales de paz y guerra de la Confederación Argentina;
Segundo: Que con repetidas instancias ha pedido a la Honorable Legislatura de aquella provincia se le exonere del mando supremo de ella, comunicando a los Gobiernos Confederados su invariable resolución de llevar a cabo la formal renuncia de los altos poderes delegados en su persona por todas y cada una de las provincias que integran la república;
Tercero: Que reiterar al general Rosas las anteriores insinuaciones, para que permanezca en el lugar que ocupa, es faltar a la consideración debida a su salud y cooperar también a la ruina total de los intereses nacionales, que él mismo confiesa no poder atender con la actividad que ellos demandan;
Cuarto: Que es tener una triste idea de la ilustrada, heroica y célebre Confederación Argentina, el suponerla incapaz, sin el general Rosas a su cabeza, de sostener sus principios orgánicos, crear y fomentar instituciones tutelares, mejorando su actualidad, y aproximando el porvenir glorioso reservado en premio a las bien acreditadas virtudes de sus hijos.
En vista de estas y otras no menos graves consideraciones, y en uso de las facultades ordinarias y extraordinarias con que ha sido investido por la Honorable Sala de Representantes de la provincia declara solemnemente a la faz de la república, de la América y del mundo:
  1. Que es la voluntad del pueblo entrerriano reasumir el ejercicio de las facultades inherentes a su territorial soberanía delegadas en la persona del excelentísimo señor gobernador y capitán general de Buenos Aires, para el cultivo de las relaciones exteriores y dirección de los negocios generales de paz y guerra de la Confederación Argentina, en virtud del tratado cuadrilátero de las provincias litorales, fecha 4 de enero de 1831.

  2. Que una vez manifestada así la libre voluntad de la provincia de Entre Ríos, queda ésta en actitud de entenderse directamente con los demás gobiernos del mundo, hasta tanto que congregada la Asamblea Nacional de las demás provincias hermanas, sea definitivamente constituida la república.
Comuníquese a quienes corresponda, publíquese en todos los periódicos de la provincia e insértese en el Registro Oficial.
Justo J. de Urquiza - Juan Francisco Seguí (secretario)